- Garantizar tu protección y la de tu familia: En caso de sufrir un accidente que te cause una lesión, invalidez o fallecimiento, podrás acceder a un recurso económico que te protegerá a ti y a tu familia según cada caso: por ejemplo: en el caso de lesión, para cubrir los gastos por servicios de urgencias, en caso de incapacidad, los ingresos que dejas de percibir por el accidente, más los gastos que esta nueva condición puedan generar y en el caso de fallecimiento, tu familia contará con una suma asegurada que le permitirá mantener su calidad de vida, garantizando su estabilidad económica por cierto periodo de tiempo.
- Varias alternativas de suscripción: Con la póliza de accidentes personales tienes la alternativa de cubrirte no solo a ti, sino también a los miembros de tu familia, los colaboradores de tu empresa y en el caso de instituciones educativas o recreo-deportivas a cada uno de los miembros de la entidad.
- No aplica coexistencia: Al igual que en los seguros de vida, los seguros de accidentes personales no tienen coexistencia, como ya lo habíamos indicado anteriormente, la vida humana no tiene precio por ello existe la posibilidad de tomar varios seguros de accidentes personales, en relación con tu capacidad de pago. Pero si es importante que se informe a las compañías si tienes este producto con otras aseguradoras.
- Primas asequibles: El seguro de accidentes personales manejas primas muy asequibles, las cuales son determinadas por el perfil del asegurado, por ejemplo: su género, edad, actividad económica, si práctica algún deporte o afición, estas características lo clasifican en un nivel de riesgo que determina el valor del seguro, a menor riesgo menor valor a mayor riesgo más alta es la prima.
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¿Como podemos ayudarte?
Seguros de Accidentes personales
En la naturaleza y libre desarrollo de tus actividades diarias sabemos que estas expuesto a un sin número de riesgos, que en muchas ocasiones son ajenos a tu voluntad y que te pueden causar lesiones corporales en tu integridad física o incluso causarte la muerte. El seguro de accidentes personales te protege en caso de fallecimiento o invalidez como consecuencia de un evento accidental, además de resarcir las perdidas económicas o cubrir los gastos médicos en que incurras por alguna de estas situaciones.
Coberturas de la poliza de accidentes personales.
Muerte accidental.
Coberturas adicionales
01Incapacidad total y permanente por accidente
02Gastos médicos.
03Renta Diaria por hospitalización a causa de accidentes.
04Homicidio.
Importancia de contar con una póliza de accidentes personales:
Preguntas frecuentes
Si los cubre, de acuerdo con la condición particular contratada con la compañía de seguros hasta la suma asegurada.
Si la enfermedad se deriva como consecuencia de un accidente si tiene cobertura, de lo contrario no.
Si el menor de edad es estudiante o participa en actividades recreo-deportivas, se puede vincular a la póliza colectiva de accidentes personales que contratan las instituciones que ofrecen este tipo de servicios
Si claro, ya que el amparo básico de este producto es la cobertura de accidentes personales del asegurado.
La póliza de accidentes cubre todo hecho violento que genere lesiones visibles o internas y que sean clínicamente comprobadas.
La diferencia es que en el seguro de vida el amparo básico es muerte por cualquier causa, lo cual cubre un sin número de posibilidades por las que fallece el asegurado. En cambio, en el caso del seguro de accidentes personales el amparo básico aplica si el fallecimiento es de forma accidental, es decir que solo se cubriría la muerte accidental y los amparos adicionales que se contraten bajo la misma condición
Lo más importante a la hora de tomar este tipo de seguros, es informar claramente cualquier condición especial del asegurado y está en cabeza de la compañia de seguros, estudiar si asume el riesgo. En el caso, que el asegurado omita este tipo de información, la compañía podría negar una reclamación ya que el asegurado no informo el estado real del riesgo a lo cual se le conoce como reticencia y que adicionalmente causa la nulidad del contrato.
La normatividad indica que el asegurado o sus beneficiarios tienen 2 años desde la ocurrencia del accidente para realizar la reclamación ante la aseguradora o un máximo de 5 años si el beneficiario desconocía la ocurrencia del accidente.
- Seguro De Vida
- Seguro De Salud
- Seguro De Accidentes Personales
- Seguro Para Vehículos
- Seguros De Hogar
- Seguros de Arrendamiento
- Seguros De Multiriesgo Empresarial
- Seguro De Responsabilidad Civil
- Seguro De Cumplimiento
- Seguro De Transporte de Mercancias
- Seguro De Transporte de Valores
- Seguro Para Equipo y Maquinaria
- Seguros de Asistencia Internacional